¿Qué es un Juicio Rápido?
🤔Procedimiento penal especial y urgente. Se aplica a delitos flagrantes o sencillos, con penas ≤ 5 años prisión.
Regulado en los arts. 795 a 803 de la LECrim.
(Nota: de rápido tiene poco...si van a notificarte la sentencia en ese acto, tendrás que esperar toda la mañana).
⚖️Dependiendo del delito y de los juzgados de instrucción se celebra vista o no.
Se informa sobre la posibilidad de CONFORMAR (reconocer los hechos y la pena propuesta por el Ministerio Fiscal) aplicando la reducción del 1/3 de la pena.
⚠️ Es necesario abogado (particular o del turno de oficio)
En caso de no conformar se celebrará juicio ante el juzgado de lo penal (mínimo dentro de 6 meses), tras presentarse escritos de acusación, defensa... etc, y una vez dictada la sentencia, si no estás conforme con ella, tienes la posibilidad de recurrir ante la Audiencia Provincial competente.
Si estás citado como investigado para la celebración de un juicio rápido y necesitas asesoramiento, no dudes en contactar conmigo, estaré encantada de resolver tus dudas. Accede a: CONTACTO Abogado en Plasencia
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